INFORME NEGOCIACIÓN 2022 SINTRAE – AES COLOMBIA & CIA S.C.A.E.S.P 

La comisión negociadora del pliego de peticiones presentado por SINTRAE a AES COLOMBIA & CIA S.C.A.E.S.P se permite informar:
1. El día 13 de septiembre de 2022 finalizo la etapa de arreglo directo del proceso de negociación del pliego de peticiones presentado por SINTRAE a AES COLOMBIA & CIA S.C.A.E.S.P.
2. No se logró acuerdo alguno sobre los diferentes artículos del pliego de peticiones presentado por el Sindicato.....Ver información completa... Ver información completa

 

NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN PELIGRO, REFORMA IMPULSADA POR MINTRABAJO ANTENTA CONTRA LA REPRESENTACIÓN SINDICAL, LA AUTONOMÍA SINDICAL Y LA LIBERTAD SINDICAL 

SINTRAE, SINTRAISAGEN y SINTRAISA, hacemos un llamado al movimiento sindical para movilizarnos y rechazar el proyecto de reforma impulsado por el ministro del trabajo, Ángel Custodio Cabrera, del decreto 1072 de 2015, reforma que modifica las reglas relacionadas con la negociación colectiva de trabajo, atentando contra el derecho de asociación sindical, entre otros aspectos... Ver información completa

 

Corte Suprema de Justicia confirma desacato del Tribunal de Arbitramento ISA–SINTRAE 

Como lo hemos informado en comunicados anteriores, el Sindicato de Trabajadores de la Industria Energética “SINTRAE”, desde hace más de 10 años presentó a la empresa, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. “ISA” un pliego de peticiones; ésta, acudiendo a todo tipo de argucias y sin razón jurídica válida, se negó a negociarlo, obstaculizando el derecho de negociación colectiva y atentando contra el derecho de asociación sindical.

Este tribunal ha emitido dos laudos arbitrales, uno el 27 de mayo de 2016 y otro el 5 de octubre de 2018, los cuales han sido anulados parcialmente por la Corte Suprema de Justicia, por haber burlado lo ordenado en sus sentencias.

Finalmente, la CSJ – Sala laboral, devolvió nuevamente el laudo arbitral para que se pronuncien sobre varios artículos del pliego de peticiones de SINTRAE con fundamento en equidad y en los principios de proporcionalidad y razonabilidad y exhorta a los árbitros a que den estricto cumplimiento y acatamiento a la decisión CSJ SL4879-2017 emitida por esa Corporación... Ver información completa

 

En un gran show publicitario, las gerencias de ISA, INTERCOLOMBIA y XM, celebraron que mediante un fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que desconoció principios básicos del derecho procesal y sustantivo, lograron que se anularan, de los estatutos del Sindicato Nacional de Trabajadores de Interconexión Eléctrica S.A. SINTRAISA,  las palabras, filiales y subsidiarias, las cuales han permitido la afiliación al Sindicato de trabajadores que prestan sus servicios en esas empresas subordinadas de ISA.

Amparados en dicho fallo, ISA y sus filiales, manifiestan la imposibilidad de aplicar la Convención Colectiva suscrita con SINTRAISA a los trabajadores afiliados; en consecuencia, han procedido a notificar a los trabajadores sindicalizados, que no les harán descuento de cuota sindical, ni le aplicarán la Convención de SINTRAISA, adicionalmente desconocen a SINTRAISA como persona jurídica existente,  se niegan a reconocer, los derechos colectivos y a los directivos sindicales. Lo que significa -según ellos- la extinción de SINTRAISA. Ante este supuesto exterminio, ISA ha presentado demanda para la disolución, liquidación y cancelación de la inscripción en el registro sindical de SINTRAISA.  Es decir, “Levantar el acta de defunción”.

Nada más aberrante, violento y violatorio del derecho de asociación y peor aún en tiempos de pandemia; pues cualquier acto sirve de excusa para expropiar violar y desconocer los derechos fundamentales del pueblo y los trabajadores por los mercenarios al servicio del Capital.

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El gobierno de los empresarios –esta vez por merced de los gremios de la industria capitalista- decretó que a partir del 27 de abril los obreros manufactureros y de la construcción deberán abandonar el confinamiento casero obligatorio, exponerse masivamente al contagio del COVID-19 y retornar al confinamiento de los presidios laborales: simple y llanamente para seguir produciendo la plusvalía que se apropia gratuitamente la burguesía en forma de ganancias...

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